Todo ciudadano tiene derecho a la concesión de un deseo durante su estancia en la vida terrenal.
Art. 2.1) El deseo pedido no podrá aplicarse a uno mismo.
Art. 2.1) No podrá ser cedido ni hereditario.
Art. 2.2) Dicha concesión nunca será aplicable para deseos perniciosos.
lunes, 9 de junio de 2008
Anacracia [Art.2]
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4 comentarios:
Deseo que An0che haga algo con unas canicas saliendo de un florero, un caballo de juguete y una flor. El bonsai no me gusta, no hace falta que lo pongas.
está al caer...
y conforme con el artículo 2 tu deseo se condederá.
- Deseo q me deseen....jajaja
�Eso vale? No rompo el Art. 2.1
- Deseo q alguien desee por mi
�Eso vale? Ese si no...
- Deseo que los que me rodean sean Felices....�Este en plan general? Este es el que pido, si , si, si ...APUNTALO EH?
�CUANDO SE CUMPLEN? �EN QUE PLAZO?
Besos,
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